Registramos contratos individuales de trabajo ante el MITRADEL. Obligación legal dentro de los 30 días del inicio de la relación laboral.
El registro del contrato de trabajo ante el MITRADEL es obligatorio por ley para todos los empleadores. Protege tanto al trabajador como al empleador al dejar constancia oficial de los términos de la relación laboral.
Todo contrato de trabajo debe incluir: identificación de las partes, descripción del cargo, salario y forma de pago, horario de trabajo, lugar de trabajo, duración (si es temporal), y fecha de inicio.
Debe registrarse dentro de los 30 días hábiles del inicio de la relación laboral. Pasado ese plazo, puede hacerse con mora.
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