Poder Notarial para
Representación Legal

Faculta a un abogado o representante a actuar en tu nombre ante tribunales, instituciones y organismos gubernamentales de la República de Panamá.

Representación Judicial
Actuación Administrativa
Abogados Colegiados
Panamá
+507 6514-3637
Representación Legal

Actúa en tu nombre
ante cualquier institución.

El poder de representación legal es el instrumento mediante el cual autorizas a un abogado u otra persona de confianza a representarte en procesos judiciales, administrativos o ante organismos del Estado panameño.

  • Representación ante el Órgano Judicial
  • Gestiones ante el Ministerio Público
  • Actuaciones en procesos administrativos
  • Representación ante la CSS, MEF y DGI
  • Defensa en procedimientos disciplinarios
  • Presentación y retiro de documentos en entidades públicas
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Requisitos del poder

  • Cédula del poderdante
  • Nombre completo e idoneidad del abogado apoderado
  • Especificar el proceso o causa si ya existe
  • Alcance de las facultades procesales

Nota: Para actuaciones ante el Órgano Judicial, el apoderado debe ser abogado con idoneidad vigente en la República de Panamá.

Proceso

¿Cómo tramitamos?

01

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Describe tu trámite. Respondemos en menos de 24 horas con orientación clara.

02

Recibe tu presupuesto

Te enviamos un presupuesto cerrado con desglose de costos y plazos.

03

Entrega de documentos

Te indicamos exactamente qué necesitamos. Puedes enviárnoslo digital o presencialmente.

04

Gestión y entrega

Ejecutamos el trámite y te notificamos hasta la entrega final del documento.

Preguntas Frecuentes

Dudas sobre este trámite.

¿El apoderado puede tomar decisiones sobre mi caso?
Depende de las facultades otorgadas. El poder puede incluir o excluir facultades como desistir, transigir, comprometerse en árbitros, recibir pagos o confesar. Estas se redactan con precisión.
¿Se puede otorgar poder a alguien que no sea abogado?
Para actuaciones ante el Órgano Judicial, la ley exige que el apoderado sea abogado con idoneidad. Para gestiones administrativas, puede ser cualquier persona de confianza.
¿Puede el apoderado designar a otro apoderado (sustitución)?
Solo si el poder expresamente lo faculta. La cláusula de sustitución o delegación debe incluirse en la redacción del instrumento.

¿Necesitas representación legal
en Panamá?

Contamos con respaldo de abogados colegiados. Tramitamos tu poder y te conectamos con el equipo legal adecuado.

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