Exoneración de Impuesto de
Inmueble en Panamá

Tramitamos la exoneración del impuesto de inmueble ante la DGI para propiedades que califican según la legislación panameña.

Presupuesto sin compromiso
Respuesta en 24 h
Respaldo legal incluido
Torre Banesco, Panamá
DGI Panamá
Beneficio Fiscal
Sin Filas
Asesoría Incluida
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Beneficio fiscal tramitado por nosotros.

La exoneración del impuesto de inmueble es un beneficio fiscal establecido por ley que permite a propietarios de ciertos inmuebles quedar exentos del pago de este impuesto por períodos determinados. El trámite se gestiona ante la DGI con los documentos del inmueble.

  • Verificación de calificación del inmueble
  • Preparación de documentos requeridos
  • Presentación ante la DGI
  • Seguimiento hasta la resolución de exoneración
  • Inscripción de la exoneración ante la DGI
Consultar por WhatsApp

📋 Documentos requeridos

  • Escritura de compraventa o título de propiedad
  • Cédula del propietario
  • Paz y salvo municipal
  • Certificado del valor catastral (ANATI)
  • Último recibo de pago de impuesto de inmueble

⏱ Plazo

30 a 60 días hábiles dependiendo del volumen de la DGI. Es un proceso que requiere paciencia pero puede generar ahorros significativos.

Proceso

Cómo gestionamos tu trámite.

01

Contáctanos por WhatsApp

Describe tu trámite. Respondemos en menos de 24 horas con orientación clara y presupuesto.

02

Preparación de documentos

Te indicamos exactamente qué necesitamos. Puedes enviárnoslos digital o presencialmente.

03

Gestión ante la institución

Ejecutamos el trámite ante la entidad correspondiente con seguimiento constante.

04

Entrega del resultado

Recibes el documento o resolución y te notificamos de cada paso del proceso.

FAQ

Preguntas frecuentes.

¿Quién califica para la exoneración?
Principalmente viviendas nuevas o residencias principales que califican según los criterios de valor catastral establecidos por la ley. También algunas mejoras a propiedades existentes.
¿La exoneración dura para siempre?
No. Las exoneraciones son por períodos establecidos (generalmente 10 a 20 años según el valor del inmueble). Al vencer, el impuesto se activa.
¿Qué pasa si no tramito la exoneración a tiempo?
La exoneración no es automática; debe tramitarse. Si tienes una propiedad que califica y no has tramitado la exoneración, puedes haber estado pagando impuesto innecesariamente.

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beneficio fiscal hoy?

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Torre Banesco, Piso 19 · Panamá · Lun–Sáb

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