El certificado de existencia y representación acredita que una sociedad está legalmente constituida, activa y quiénes son sus representantes legales. Es exigido por bancos, notarías, licitaciones y entidades del Estado.
Apertura de cuentas bancarias, contratos con el Estado, licitaciones, compraventa de inmuebles, trámites ante la DGI — todos exigen el certificado de existencia y representación del Registro Público.
24 a 48 horas para certificaciones ordinarias.
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Presentamos la solicitud del certificado con los datos de la sociedad.
El Registro Público emite el certificado con el estado actual de la sociedad.
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